Sacramentos
Matrimonio
Para casarse
- Reservar fecha: recomendamos presentarse en la oficina y, en la medida de lo posible, hablar con el rector o con alguno de los sacerdotes de la iglesia.
- Hacer el cursillo prematrimonial, que se puede realizar en cualquier parroquia y no caduca. Por eso, aconsejamos hacerlo pronto, cuando se haya fijado la fecha de la boda. En San Juan del Hospital ofrecemos todos los meses un curso de una semana de duración (de lunes a viernes, de 20:30 a 21:30 horas -a partír de octubre 2024 será de 20.00 a 21:00h.-) y cada año dos cursos de cinco meses de duración (11 sesiones cada dos domingos, de enero a mayo o de septiembre a enero, de 19:00 a 21:00 horas).
- Completar el expediente matrimonial: recomendamos comenzarlo al menos tres meses antes de la fecha de la celebración del matrimonio. Debe hacerse en la parroquia del domicilio actual de cualquiera de los dos novios.
- Para aquellos que no hayan recibido el sacramento de la Confirmación y deseen recibirlo antes de casarse, en San Juan impartimos cada mes unas catequesis de confirmación de adultos.
- Preparar la ceremonia con el sacerdote: conviene fijar una cita para elegir las lecturas, las opciones del rito matrimonial, el repertorio musical, etc.
Inscripción en los cursillos prematrimoniales de una semana
Normas para casarse en San Juan e indicaciones sobre la música
Lecturas y rito del matrimonio
Oraciones para preparar la ceremonia
Hoja de ceremonia para la iglesia
Compartir en redes
Del Compendio del Catecismo de la Iglesia católica:
337. ¿Cuál es el designio de Dios sobre el hombre y la mujer?
Dios, que es amor y creó al hombre por amor, lo ha llamado a amar. Creando al hombre y a la mujer, los ha llamado en el Matrimonio a una íntima comunión de vida y amor entre ellos, «de manera que ya no son dos, sino una sola carne» (Mt 19, 6). Al bendecirlos, Dios les dijo: «Creced y multiplicaos» (Gn 1, 28).
338. ¿Con qué fines ha instituido Dios el Matrimonio?
La alianza matrimonial del hombre y de la mujer, fundada y estructurada con leyes propias dadas por el Creador, está ordenada por su propia naturaleza a la comunión y al bien de los cónyuges, y a la procreación y educación de los hijos. Jesús enseña que, según el designio original divino, la unión matrimonial es indisoluble: «Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre» (Mc 10, 9).
339. ¿De qué modo el pecado amenaza al Matrimonio?
A causa del primer pecado, que ha provocado también la ruptura de la comunión del hombre y de la mujer, donada por el Creador, la unión matrimonial está muy frecuentemente amenazada por la discordia y la infidelidad. Sin embargo, Dios, en su infinita misericordia, da al hombre y a la mujer su gracia para realizar la unión de sus vidas según el designio divino original.
340. ¿Qué enseña el Antiguo Testamento sobre el Matrimonio?
Dios ayuda a su pueblo a madurar progresivamente en la conciencia de la unidad e indisolubilidad del Matrimonio, sobre todo mediante la pedagogía de la Ley y los Profetas. La alianza nupcial entre Dios e Israel prepara y prefigura la Alianza nueva realizada por el Hijo de Dios, Jesucristo, con su esposa, la Iglesia.
341. ¿Qué novedad aporta Cristo al Matrimonio?
Jesucristo no sólo restablece el orden original del Matrimonio querido por Dios, sino que otorga la gracia para vivirlo en su nueva dignidad de sacramento, que es el signo del amor esponsal hacia la Iglesia: «Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo ama a la Iglesia» (Ef 5, 25)
342. ¿Es el Matrimonio una obligación para todos?
El Matrimonio no es una obligación para todos. En particular, Dios llama a algunos hombres y mujeres a seguir a Jesús por el camino de la virginidad o del celibato por el Reino de los cielos; éstos renuncian al gran bien del Matrimonio para ocupase de las cosas del Señor tratando de agradarle, y se convierten en signo de la primacía absoluta del amor de Cristo y de la ardiente esperanza de su vuelta gloriosa.
343. ¿Cómo se celebra el sacramento del Matrimonio?
Dado que el Matrimonio constituye a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, su celebración litúrgica es pública, en presencia del sacerdote (o de un testigo cualificado de la Iglesia) y de otros testigos.
344. ¿Qué es el consentimiento matrimonial?
El consentimiento matrimonial es la voluntad, expresada por un hombre y una mujer, de entregarse mutua y definitivamente, con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo. Puesto que el consentimiento hace el Matrimonio, resulta indispensable e insustituible. Para que el Matrimonio sea válido el consentimiento debe tener como objeto el verdadero Matrimonio, y ser un acto humano, consciente y libre, no determinado por la violencia o la coacción.
345. ¿Qué se exige cuando uno de los esposos no es católico?
Para ser lícitos, los matrimonios mixtos (entre católico y bautizado no católico) necesitan la licencia de la autoridad eclesiástica. Los matrimonios con disparidad de culto (entre un católico y un no bautizado), para ser válidos necesitan una dispensa. En todo caso, es esencial que los cónyuges no excluyan la aceptación de los fines y las propiedades esenciales del Matrimonio, y que el cónyuge católico confirme el compromiso, conocido también por el otro cónyuge, de conservar la fe y asegurar el Bautismo y la educación católica de los hijos.
346. ¿Cuáles son los efectos del sacramento del Matrimonio?
El sacramento del Matrimonio crea entre los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo. Dios mismo ratifica el consentimiento de los esposos. Por tanto, el Matrimonio rato y consumado entre bautizados no podrá ser nunca disuelto. Por otra parte, este sacramento confiere a los esposos la gracia necesaria para alcanzar la santidad en la vida conyugal y acoger y educar responsablemente a los hijos.
347. ¿Cuáles son los pecados gravemente contrarios al sacramento del Matrimonio?
Los pecados gravemente contrarios al sacramento del Matrimonio son los siguientes: el adulterio, la poligamia, en cuanto contradice la idéntica dignidad entre el hombre y la mujer y la unidad y exclusividad del amor conyugal; el rechazo de la fecundidad, que priva a la vida conyugal del don de los hijos; y el divorcio, que contradice la indisolubilidad.
348. ¿Cuándo admite la Iglesia la separación física de los esposos?
La Iglesia admite la separación física de los esposos cuando la cohabitación entre ellos se ha hecho, por diversas razones, prácticamente imposible, aunque procura su reconciliación. Pero éstos, mientras viva el otro cónyuge, no son libres para contraer una nueva unión, a menos que el matrimonio entre ellos sea nulo y, como tal, declarado por la autoridad eclesiástica.
349. ¿Cuál es la actitud de la Iglesia hacia los divorciados vueltos a casar?
Fiel al Señor, la Iglesia no puede reconocer como matrimonio la unión de divorciados vueltos a casar civilmente. «Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio» (Mc 10, 11-12). Hacia ellos la Iglesia muestra una atenta solicitud, invitándoles a una vida de fe, a la oración, a las obras de caridad y a la educación cristiana de los hijos; pero no pueden recibir la absolución sacramental, acercarse a la comunión eucarística ni ejercer ciertas responsabilidades eclesiales, mientras dure tal situación, que contrasta objetivamente con la ley de Dios.
350. ¿Por qué la familia cristiana es llamada Iglesia doméstica?
La familia cristiana es llamada Iglesia doméstica, porque manifiesta y realiza la naturaleza comunitaria y familiar de la Iglesia en cuanto familia de Dios. Cada miembro, según su propio papel, ejerce el sacerdocio bautismal, contribuyendo a hacer de la familia una comunidad de gracia y de oración, escuela de virtudes humanas y cristianas y lugar del primer anuncio de la fe a los hijos.